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Seguridad e interoperabilidad en la Admón. Electrónica
Entrada escrita por bepe y
editada por JJ
el Domingo, 31 Enero de 2010, 09:03h
desde el dept. leyes-y-más-leyes
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En el BOE (Boletín Oficial del Estado español) del viernes 29 de enero de 2010 aparecen el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. Efectivamente, se trata del esquema nacional de interoperabilidad, en el que el Gobierno ha sido asesorado por Opentia y en el que, al menos, hay alguna referencia al código abierto. Parece que se va avanzando, pero está todavía por ver cómo se pondrá en práctica. Esta noticia apareció originalmente en la bitácora de bepe.
Seguridad e interoperabilidad en la Admón. Electrónica
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Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana
(Puntos:3, Informativo)Asistí a un cursillo sobre su implantación en los ayuntamientos. El curso lo impartía una persona de una de las empresas contratadas para dicha implantación. Expresamente le pregunté si todos los programas que conformaban el sistema eran o no Open Source. Su contestación fue que sí, aunque no quiso distinguir entre si eran de código abierto, software libre o qué "variedad" exactamente. Tampoco se extendió mucho más porque el cursillo estaba dedicado a administrativos. A mí me dio la impresión que había algnuos que no eran abiertos del todo, pero no lo puedo asegurar.
En el siguiente enlace está esa parte de la presentación del sistema:
http://seguro.dip-alicante.es/gestformweb/docs/re
Lo que sí que parece es que la Administración sí que posee los códigos fuente. Seguro que los tiene de la parte de firma electrónica (creo que desarrollado en la UJI, proyecto CLAUER, http://www.clauer.uji.es/ [clauer.uji.es]) y resto de los que aparecen en la parte de la derecha (están siendo desarrollados explícitamente para la Administración y me dio a entender que uno de los requisitos era que la Administración quería disponer de los códigos fuente)
Otra parte de los integrantes están basados en proyectos Open Source directamente (Mule, OpenLDAP, OpenCMS, http://www.opencms.org/ [opencms.org]) También están otros que tienen versiones abiertas y versiones empresariales de pago (Alfresco, http://www.alfresco.com/es/ [alfresco.com], e Hyperic HQ, http://www.hyperic.com/ [hyperic.com]) Este último aparece como HQ en las trasparencias, que creo que es la versión OpenSource, aunque también podría ser la versión empresarial, la HQE.
La parte de eGOVeris la tengo más dudosa. En http://www.everis.es/que_hemos_hecho/innovacion/p
La pasarela de pagos es la que utiliza el Ayuntamiento de Valencia, basada en 'Asf suite' (http://www.tb-solutions.com/soluciones.php?iden=
Finalmente, la parte en gris de 'Aplicaciones de BackOffice' no entra en el sistema directamente que se está implantando. Se trata de las aplicaciones, generalmente privativas, que utilizan los ayuntamientos para su gestión diaria (cada cual tiene el suyo propio) Está previsto hacer módulos para engarzar su información con el resto del sistema de Administración Electrónica. Estos módulos deberán ser implementados por sus empresas propietarias, y generalmente correrán a cargo de cada Ayuntamiento.
En definitiva, que parece que sí que gran parte de lo que se está implantando está basado en Open Source. Pero evidentemente, la implantación corre a cargo de empresas grandes, que ya cuentan con su grupo de desarrolladores e implantadores.
Lo que habrá que ver es cómo se integran las tropecientas plataformas que se implante a lo largo de toda España entre sí. Ya
Re:Software mediocre...
(Puntos:4, Inspirado)( http://web.iesrodeira.com | Última bitácora: Sábado, 25 Abril de 2009, 19:50h )
¿es eso?.
Xavi.
Re:Software mediocre...
(Puntos:1, Informativo)Lo único que prima es, en base a Ley 11/2007, el software que se base en estándares abiertos sobre el que no respete o se base en dichos estándares. Que el software libre sea mucho más respetuoso, en general, con los estándares abiertos que el software privativo, en general, no significa que se esté primando el libre. Significa que se está primando el Artículo 14 de la Constitución Española -por ejemplo-.
Por otro lado, una administración pública siempre está en su legítimo derecho de exigir que se le dé el código fuente del software que contrate y además puede exigir una licencia libre determinada para dicho código. Es simplemente un juego de características más, que cualquier proveedor puede cumplir, y que tienen derecho a exigir la AA.PP.
Que se quejen los proveedores que no quieren licenciar su código así, no es óbice para que el sector público les exija lo que se considere más interesante para el bien general.
Lo contrario sería como si una Administración Pública no pudiera exigir en sus pliegos túneles de una determinada altura estándar debido a que algún fabricante haya decidido fabricar camiones de 5 metros de alto. Es problema es del fabricante que no se atiene a los estándares abiertos y a las especificaciones técnicas, neutras en cuanto a proveedor según Ley 30/2007, que se indican en el pliego. No es problema de las AA.PP.