En tu "contrato de servicios", puedes poner una claúsula en la que se diga que el contrato se entenderá como "concluído" cuando a) se haya cumplido el plazo estipulado, ó b) cuando el cliente ceda el código fuente a terceros. Ni se restringue el uso, ni contradigo la GPL. La cesión de código fuente a terceros se entendería como que el cliente ha decidido, libremente, cambiar de empresa.
Re:Software Libre != Publicar Libremente
(Puntos:1)( http://ch3m4.org/ )